miércoles, 5 de mayo de 2010

impactos dereforestacion



EMPLEO La actividad forestal es una de las que mayor número de puestos de trabajo genera. De la experiencia en Cajamarca, se puede afirmar que por cada hectárea forestada se genera 1 puesto de trabajo permanente.
INGRESOS Los recursos maderables del bosque se valorizan en 17 US$/m3 en pie, y los resultados obtenidos en Cajamarca, reflejan un incremento medio anual de 20 m3. Lo que significa que el bosque se capitaliza en 340 US$/año, hasta llegar a valer US$ 6 800/ha de madera en pie, con una inversión de entre US$ 600-800 para el establecimiento de 1 ha. Esta valorización no implica el aprovechamiento de los recursos no maderables de los bosques, los cuales aprovechados y transformados adecuadamente, se pueden valorizar en el mismo precio de la madera.
AMBIENTE Regula el régimen hídrico Genera microclimas favorables Captura de gases de efecto invernadero Fija nitrógeno en los suelos Protege la flora y la fauna Contribuye a la conservación de la biodiversidad
TURISMO Mejora el paisaje

martes, 4 de mayo de 2010

forestacion


La forestación es el estudio y la práctica de la gestión de las plantaciones, en especial los bosques, como recursos naturales renovables; estrechamente relacionada con la silvicultura —la ciencia de la conservación, crecimiento y salud de los árboles y bosques— la forestación estudia la producción de materiales para su explotación comercial e industrial, como la madera y el papel, así como la conservación de la calidad ecológica del ambiente, su valor ambiental, estético y recreativo.
La actividad forestal más común es la plantación, renovación y tala de árboles maderables; por extensión, se conoce con este mismo nombre a los bosques artificiales destinados a su explotación maderera. Sin embargo, otra parte del trabajo forestal concierne al desarrollo de nuevas variedades arbóreas, al estudio de las existentes, a la investigación sanitaria y ecológica del medio ambiente y a otros aspectos menos directamente aplicados.

martes, 20 de abril de 2010

QUE PERMITE LA REFORESTACION



La reforestacion permite la captura anual de mas de 570,000 toneladas metricas de dioxido de carbono por lo cual el pais obtendria signLa forestación es el estudio y la práctica de la gestión de las plantaciones, en especial los bosques, como recursos naturales renovables; estrechamente relacionada con la silvicultura —la ciencia de la conservación, crecimiento y salud de los árboles y bosques— la forestación estudia la producción de materiales para su explotación comercial e industrial, como la madera y el papel, así como la conservación de la calidad ecológica del ambiente, su valor ambiental, estético y recreativo.
La actividad forestal más común es la plantación, renovación y tala de árboles maderables; por extensión, se conoce con este mismo nombre a los bosques artificiales destinados a su explotación maderera. Sin embargo, otra parte del trabajo forestal concierne al desarrollo de nuevas variedades arbóreas, al estudio de las existentes, a la investigación sanitaria y ecológica del medio ambiente y a otros aspectos menos directamente aplicados.ificativos de ingresos economicos

la forestacion artificial provoca


Con menos agua, menos pastos, mayores plagas y menos trabajo, no hay pueblo de la campaña que resista. Aunque la propaganda oficial lo desmienta tenazmente, esa es la fórmula resultante del proceso de forestación implantado en el Uruguay en los últimos años y que está obligando a los pobladores del campo a irse... ¿adónde?
Las reflexiones que siguen son el resultado de una recorrida por la región al sur y este del río Queguay en el departamento de Paysandú. Hacia el sur se localiza uno de los focos más importantes y dinámicos de la forestación en el Uruguay. Partimos del Km 444, como se llama a la estación del antiguo ferrocarril, situada a la altura del Km 39 de la Ruta 90, que une la capital del departamento con la ciudad de Guichón.

A escasos kilómetros de allí, siguiendo por la R-90, se encuentra el pueblo de Piedras Coloradas, la autodenominada Capital de la Madera, como reza en un cartel, y donde se realiza, todos los años, la Fiesta de la Madera. Las modestísimas viviendas, entre las que se cuentan algunas carpas improvisadas de un grupo recién llegado desde la frontera, incitan a descubrir el verdadero significado de esos nombres.

martes, 13 de abril de 2010

LEY FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE




El DL 1090 -Ley Forestal y de Fauna Silvestre-, reduce la definición de Patrimonio Forestal dejando fuera del régimen forestal a cerca de 45 millones de hectáreas de tierras con capacidad forestal, es decir, el 60 por ciento de los bosques del Perú. El artículo 6 de esta norma permite además cambiar el uso de las tierras que pertenecen al patrimonio forestal cualquiera sea su categoría cuando se trata de proyectos de interés nacional. Al respecto, la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA) afirmó que la norma tiene un marcado sesgo de realizar un cambio radical en cuanto a lo que se entiende por Patrimonio Forestal Nacional lo cual implica serias modificaciones respecto del otorgamiento a particulares.
“El DL 1090 saca del recurso forestal la tierra cuya capacidad de uso mayor sea de protección forestal y crea una nueva forma de las concesiones forestales: concesiones por iniciativa privada”, agrega la SPDA .Las acciones de paralización de la población indígena amazónica llevan 40 días y buscan también la derogatoria de los decretos legislativos 1020, 1064, 1080, 1081, 1089 por “atentar contra los derechos indígenas”.
Conforme lo señalado en el artículo 2 de la Ley 29157, Ley autoritativa para estos efectos, una de las materias sobre las cuales se otorga facultades para legislar es la contemplada en su literal Promoción de la inversión privada y Fortalecimiento institucional de la gestión ambiental.
El Decreto Legislativo 1090, al regular el aprovechamiento de recursos forestales y de fauna silvestre, así como su conservación y uso, encargando a la Autoridad Nacional Forestal y de Fauna Silvestre su manejo, ejerce la facultad legislativa delegada dentro de los límites establecidos en la norma autoritativa, la Ley 29157, puesto que sus disposiciones están orientadas a fortalecer y mejorar el marco de gestión ambiental en materia especifica del agua.
En Conclusión El Decreto Legislativo Nº 1090 fue publicado el 28 de junio de 2008, es decir dentro de los 180 días calendarios a que hace referencia la Ley 29157 como plazo límite para el ejercicio de las facultades legislativas delegadas, razón por la cual cumple con lo establecido por la norma autoritativa.
El Decreto Legislativo Nº 1090 tiene como finalidad promover el uso eficiente y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre, que incide directamente en la gestión ambiental, y la promoción de la inversión privada, lo cual se enmarca dentro de la materia contenida en el literal d) promoción de la inversión privada, y g) del artículo 2.1. de la Ley 29157: fortalecimiento institucional de la gestión ambiental. El Decreto Legislativo N° 1090, así también desarrolla el artículo 2.2 de la Ley en correspondencia con la implementación de uno de los compromisos del Acuerdo de Promoción Comercial Perú-Estados Unidos, cual es el fortalecimiento institucional de la gestión ambiental. Por lo tanto, su contenido se encuentra sujeto a los límites establecidos por la Ley 29157 en sus artículos 1° y 2.2°
El contenido del Decreto Legislativo Nº 1090 no respeta las limitaciones que establecen los artículos 101º y 104º de la Constitución Política, en cuanto a las materias prohibidas de ser legisladas por virtud de otorgamiento de facultades legislativas delegadas. El Decreto Legislativo 1090 contraviene el artículo 66° de la Constitución, al regular la materia de recursos naturales, que está exclusivamente reservada a ley orgánica.